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Última actualización: 2.024.
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Desglose de Precios:

Cédula habitabilidad. Todo incluido:

- Visita a la vivienda, realización de certificado de habitabilidad, resolución de  requerimientos (1), y kilometraje incluido (en zona Garraf,Alt y Baix Penedès, Castelldefels y Barcelona capital) (2).


TOTAL: 69,42 + IVA = 84 EUROS

- Realizar el trámite de entrega de documentación, incluido el pago de tasas (14,35  euros)


TOTAL: 21,49 + IVA = +26 EUROS

(1) Incluye asesoramiento y la presentación en Barcelona de la documentación anexa que la administración pueda reclamar para otorgar la cédula. 


También se incluye la certificación de solidez y obtención de la ficha catastral en aquellos casos que sea necesaria. 


(2) Para otras zonas, solicite presupuesto

Descuentos: Si tramita el certificado energético al mismo tiempo, obtendrá un descuento sobre estas tarifas.
Contacte a través del teléfono 669 00 33 77 o de la dirección: chgarraf@yahoo.es  

CERTIFICADOS ENERGÉTICOS / ETIQUETA ENERGÉTICA

TARIFAS DE CERTIFICADOS ENERGÉTICOS + ETIQUETA ENERGÉTICA:


Obtenga el certificado y la etiqueta energética para su vivienda o local, al mejor precio y SIN intermediarios.

Nuestras tarifas son válidas para las comarcas del Garraf, Alt i Baix Penedès y Barcelona capital


TARIFAS  CON TASAS INCLUIDAS:  (Ver descuentos *)


PISOS: hasta 110 m2 const.........................90,90  + iva*
CASA: hasta 160 m2 const.........................107,43  + iva*
LOCALES: hasta 160 m2 const..................107,43  + iva*
BLOQUES ENTEROS...................Solicite presupuesto


Nuestras tarifas incluyen: 

-Visita a la vivienda o local, toma de datos

-Realización del certificado mediante programa informático CE3X. 

-Presentación telemática de la documentación necesaria en el ICAEN. 

-Pago de tasas. 

-Obtención de la etiqueta energética y entrega al propietario. 


Descuentos*: 

Cédula de habitabilidad con gestión + certificado energético (todas las tasas INCLUIDAS)

PISOS: hasta 110 m2 const......................... 173,50  + iva

CASA: hasta 160 m2 const...........................190,08  + iva


Para más información o solicitar presupuesto, solo tiene que llamar al teléfono 669003377 o escribir a chgarraf@yahoo.es


Preguntas frecuentes sobre Cédulas de Habitabilidad

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Más información en el teléfono: 669 00 33 77


Respuestas en función del  Decreto 141/2012 que es el que actualmente regula la obtención de cédulas de habitabilidad en Cataluña.

¿Qué es una cédula de habitabilidad?. Según figura en el Decret de la Generalitat 141/2012, es el documento en virtud del cual se acredita que una vivienda cumple las condiciones de calidad previstas en la ley 18/2007 de derecho a la vivienda

¿Qué se necesita para obtener la cédula de habitabilidad de 2ª ocupación?. Hay que formalizar y presentar en Arquitectura i Habitatge el certificado de habitabilidad (certificat d´habitabilitat) firmado por el técnico responsable (Arquitecto o Arquitecto Técnico). Junto al certificado se puede presentar fotocopia de la escritura o nota simple, fotocopia del DNI del propietario (opcional) ,y si es posible, fotocopia de la cédula caducada, y fotocopia de un recibo de la contribución.
Caso de que la vivienda sea anterior al 11 de agosto de 1984 hay que demostrar la antigüedad de la misma con algún documento oficial.
 En el apartado de "requerimientos" enumeramos otros documentos que pueden ser requeridos por la administración.

¿Es obligatorio que las viviendas tengan cédula de habitabilidad?. El decreto marca que todas las viviendas deben tener cédula de habitabilidad, o la calificación definitiva en el caso de las VPO., esta calificación caduca a los 15 años y es substituida por la cédula de habitabilidad de segunda ocupación. Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y otros servicios han de exigir la cédula de habitabilidad en vigor a los usuarios finales, para que estos puedan contratar los servicios.

¿Que problemas puede acarrear la falta de cédula de habitabilidad? La cédula, en general, es obligatoria para poder vender o alquilar una vivienda, algunos ayuntamientos la piden para poder empadronarse o realizar un reagrupamiento familiar, y es necesaria para contratar los suministros.

Los locales reconvertidos a vivienda y los estudios, en general, pueden llegar a obtener cédula de habitabilidad, siempre que se pueda acreditar el uso de los mismos como vivienda, por ejemplo si el ayuntamiento certifica que en la licencia de obras que amparó la construcción de los mismos, estas entidades figuraban como viviendas, o si figuran personas empadronadas en los mismos. En estos casos, la cédula puede contener una coletilla que indique el incumplimiento de la legalidad urbanística.

Hay casos de exoneración en la obligatoriedad de presentar la cédula  en la transmisión de viviendas de segunda mano, y son:
-  Si la vivienda va a ser derruida.
- Si la vivienda necesita una rehabilitación. En este caso redactamos un Informe para poder vender la vivienda, en el que se recojen las reformas que se deberan realizar para poder obtener en su día la cédula.
- Si el uso no va a ser el de vivienda y así lo reconocen comprador y vendedor.
- Si se ha realizado el certificado de habitabilidad pero aún no se ha otorgado la cédula, y siempre que comprador y vendedor lo acuerden. El problema en este caso puede ser que la administración acabe negando la cédula.

¿Cuáles son los pasos para obtener una cédula de habitabilidad de 2ª ocupación?1º Ponerse en contacto con CHGARRAF en el telf. 669003377, para concertar la visita a la vivienda. 2º Se realiza la visita para comprobar su estado, y medir su superficie. 3º Si es habitable, se firma el certificado de habitabilidad para iniciar los trámites. 4º Se presenta este certificado en el Consell Comarcal o Servei de l´Habitatge. 5º Se abonan las tasas. 6º En un plazo de alrededor de un mes se recibe por correo la cédula.

¿Qué es un requerimiento?. En ocasiones, el departament d´habitatge pide a través de un requerimiento más datos para poder dar curso a la cédula. Los más corrientes son: -El certificado de antigüedad, uso y legalidad de la finca (La cédula es obligatoria a partir de 1.984 por lo que no tienen registradas las construidas antes de esa fecha ) y el certificado de 1ª inscripción de la finca en el registro de la propiedad (para comprobar que el uso inicial de la entidad ya era el de vivienda, fundamental para las viviendas situadas en planta baja o ático) Esta documentación debe presentarse, según habitatge, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción del requerimiento, si bien la consecución de estos certificados en los ayuntamientos se puede demorar varios meses, retrasando de este modo la obtención de la cédula. La obtención de estos documentos no está incluida en nuestro precio, aunque también les podemos ofertar la resolución de requerimientos.

¿Dónde se tramitan las peticiones de cédulas de 2ª ocupación en las comarcas del Garraf - Penedès?. Las de la comarca del Garraf se pueden tramitar en el Consell Comarcal del Garraf, sito en Vilanova i la Geltrú, plaza Beatriu de Claramunt 5-8, teléfono 938100408 (www.ccgarraf.cat/habitatge) Las de las poblaciones del Alt Penedés, en Vilafranca, calle Hermenegild Clascar 1-3 , teléfono 938900000, excepto las de Vilafranca que se tramitan en la Oficina d´habitatge de la c/ Banys nº 11, telf. 938920220. Las del Baix Penedès en el Consell Comarcal del Baix Penedès, Plaça Pep Jai 2, 977155262, o 977157174 (Sandra) del Vendrell. Estos centros colaboran con la central de la Secretaria d´Habitatge, que está en Barcelona, calle Aragó 244 (entre Rambla de Catalunya y Balmes). Aquí también se pueden presentar estas peticiones.

¿Dónde hay que llamar para conocer el estado de una solicitud?. Se puede llamar al teléfono 012 de atención ciudadana. Hay que tener en cuenta que el plazo que se fija la administración para emitir la cédula de 2ª ocupación es de 30 días hábiles desde que se entregó la solicitud en el registro. Posteriormente esta cédula se envía por correo, aunque también se puede ir a recoger al mismo lugar en que se entregó.

¿Cuál es la validez de las cédulas de 2ª ocupación?. Actualmente es de 15 años (antes era de 10 años). Una vez caducadas se deben tramitar nuevamente.

¿Qué datos figuran en la solicitud de cédula de habitabilidad de vivienda usada?. Los datos de la persona solicitante, del propietario, del técnico que realiza la inspección, la ubicación de la vivienda, el número de piezas habitables, la superficie útil y la ocupación máxima.

¿Cuál es la superficie útil mínima de una vivienda para obtener la cédula de habitabilidad de 2ª ocupación?. La vivienda debe tener más de 20 m2 útiles, y disponer como mínimo de una sala, una cámara higiénica, equipo de cocina y permitir la instalación de un equipo de lavado de ropa. Excepcionalmente se admiten viviendas de 15 a 20 m2 útiles, si fueron construidas con licencia de obras anterior al 1 de febrero de 1.984 y que dispongan de cédula de habitabilidad en vigor otorgada antes de la entrada en vigor del actual decreto.

¿Cómo puedo saber si mi vivienda tiene cédula de habitabilidad?. Lo más sencillo es llamar al 012 y con la dirección de su vivienda le informarán. También pueden llamar a nuestro despacho.

Si tienen alguna consulta más, no duden en contactar con nosotros a través del teléfono 669003377 o de la dirección de correo chgarraf@yahoo.es

 Reciban un cordial saludo: Miguel Angel Abellán Arquitecto Técnico nº 8984

Si desea comprobar nuestros datos colegiales, puede hacerlo en la direccion del colegio de Arquitectos Técnicos de Barcelona: http://webasp.apabcn.es/nweb2/iframe_sharepoint/lista-coleg3.asp?valor=%17b%15z


NOTICIAS RELACIONADAS:














PREGUNTAS RELATIVAS A CERTIFICADOS ENERGÉTICOS

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¿Qué normativa rige la certificación energética de los inmuebles en España?
Es la recogida en el Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril de 2013 con publicación en el B.O.E. de 13 de Abril de 2013. “Procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios” 
¿Dónde se registra el Certificado de Eficiencia Energético y cual es su validez?
El certificado debe presentarse, por el técnico al órgano competente de la Comunidad Autónoma en  materia de certificación energética de edificios, que en el caso de Cataluña es el ICAEN, siendo estos quienes expiden la etiqueta energética. La validez es de 10 años, excepto las calificadas como G, cuya validez es de 5 años.
 ¿Se pagan tasas por registrar el certificado en el ICAEN?.

 Sí, se pagas tasas, pero en nuestros precios esas tasas YA ESTÁN INCLUIDAS

¿Quiénes están obligados a realizar la certificación energética y qué inmuebles están obligados a tenerlo?
El propietario de la vivienda o local en cuestión es quien tiene la obligación
¿Qué inmuebles privados están obligados a obtener el Certificado Energético? .
Todos los inmuebles privados en los contratos de compraventa o arrendamiento a partir del 1 de Junio de 2013. Tanto en Edificios o partes del mismo, nuevos o ya existentes a excepción de:
Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.
Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
Edificios que se compren para reformas importantes o demolición. 
Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
¿Puede un particular denunciar al propietario por no disponer del certificado?
A partir del 1 de junio cualquier consumidor puede denunciar a aquel propietario que quiera venderle o alquilarle una vivienda sin el certificado energético. 

La calificación energética podrá impedir la venta de viviendas, a partir del 2030.


La Directiva Europea de Eficiencia Energética de la Edificación ha establecido una nueva regulación en torno a las condiciones mínimas de consumo de energía para poder vender una vivienda.

Esta estípula que no se permitirá la venta de inmuebles que no cuenten con un certificado energético de calificación mínima “E”, considerada media-baja o de consumo poco eficiente. 

Será efectiva a partir de 2030. Desde entonces, cuando un propietario quiera vender su vivienda, deberá asegurarse de que esta cuente con la puntuación requerida, y en caso contrario, realizar las reformas necesarias para conseguir alcanzarla.

Desgravación por mejorar la calificación energética de una vivienda.

En la declaración de la renta de 2023, es posible desgravarse hasta 3.000 euros por cada declaración al realizar mejoras en la vivienda (por ejemplo poner placas solares), siempre que se hayan obtenido los Certificados energéticos de ANTES Y DESPUÉS de la colocación de las placas.

La cantidad es del 40% del coste de las obras.

La falta de estos certificados impide la desgravación.

https://chgarraf.blogspot.com/



Buscador de cédulas de habitabilidad y certificados energéticos.

¿Cómo puedo saber si mi vivienda tiene cédula de habitabilidad o certificado energético en vigor?.

Tanto la cédula de habitabilidad, como el certificado energético caducan, por lo que es muy común que haya viviendas que carezcan de esta documentación.

La Generalitat cuenta con dos páginas, en las que es fácil saber si una vivienda tiene la documentación al día, así como de otros datos: superficies útiles, calificación energética, ocupación máxima…

Para ello es necesario introducir la referencia catastral, o número de cédula o dirección de la vivienda.

Si se desconoce la referencia catastral, se puede obtener en la dirección del catastro: https://www1.sedecatastro.gob.es/Cartografia/mapa.aspx?buscar=S

Las páginas son:

- Cédulas de habitabilidad: http://agenciahabitatge.gencat.cat/wps/portal/serveis/cercadorcedules/!ut/p/z1/lVJNU8IwFPwtHnoMCbSl0VtHHIQBdcSBNhcmTdMPp01KGqj463l-XGREJLeXt293k32Y4QgzxXdlzm2pFa-gjtlwTZ-ux_fUG8zI89QjoT8ZjSfUcwnx8BIzzISyjS1wzAshuEM6mTiklWYny9YhQhrBU22ETLeVbD_wjShTHFM39X1KOcr8PkVe5mcoEUOKUsED0U9FwEWAV-cMMGiTEyckMM_OQWKQCE5KjPt4caHnI0K6HAHhjLqLuwfikkfvYsLp5xP--ASIaWDmt_McaLktUKkyjaPvCHB0HAHAy9fNhoUQnVZWvlkc_Ss7MJJXOvlajFAlLgVFIzNppOltDVwX1jbtjUOAqet6udZ5JXtC1w75baTQLUj_ROKmrqm7R-r9Javr9byVK8SSfXd1AMJDRN0!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/

- Certificado energético: https://certificacioenergetica.gencat.cat/icaen-visor/AppJava/services/certificats/show?language=es_ES


 ¿Porqué hay cédulas cuya numeración empiezan por SLB xxxxxx?

En ocasiones, no ha sido posible demostrar de una forma suficiente para la administración (Generalitat) que una vivienda cumple con todos los requisitos relativos a la legalidad urbanística, es decir que pese a que se hayan entregado diversos documentos (escrituras, planos, licencia de obras, etc), la administración tiene algunas dudas sobre la legalidad de esa vivienda.

En esos casos, las cédulas no se numerarán como CHB xxxxxx, pasando a numerarse como SLB xxxxx, incluyendo un añadido en la parte inferior de la misma, en la que se advierte de que "el uso como vivienda puede no adecuarse a la legalidad urbanística".

No sería la primera vez que casas que cuentan con cédula anterior, con todos los requisitos documentales de su existencia y legalidad, acaban siendo una SLB, por un deseo de la administración, difícil de entender.

Estas cédulas son iguales en el resto de características (validez, ocupación...) a las CHB

Fecsa - Endesa: Garraf Penedès Baix LLobregat

Si necesita la cédula de habitabilidad para poder contratar, haga click  AQUÍ 

Web Endesa: http://www.endesa.es/

Punts de Servei .

Vilafranca: 93 8182513 (Santacana, Pl. Segadors nº59) Vilafranca: 93 8182333 (Parera, Ctra Igualada nº 1-3, bajos) Mediona: 93 8985853 (Parera) La LLacuna: 93 8976069 (Parera) Sitges: no hay . Sant Pere de Ribes: no hay . Sant Pere de Riudebitlles: 93 8995381 (Joan Romeu, C/ La carretera nº 31) Sant Sadurni d´Anoia: R. Sanchez. C/Doctor Escayola nº1.Vilanova i la Geltrú: 93 8154500 (Grupo instalaciones, C/Menéndez Pelayo nº 48)Castelldefels: 936651166 (Fegalux C/Major 85B) Vendrell: 977182070 (Alupu c/ Progrès 10). 977661079 (Fuentes c/ Doctor Robert 49)

FECSA - ENDESA Averías: 902 536536 .

Registros de la propiedad - Notarías Garraf Penedès Baix Llobregat

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Registros de la propiedad

Sitges: 93 8943585 . Vilanova i la Geltrú: 93 8101753 , 93 8106849, 93 8153203 . Vilafranca: 93 8172845 . Viladecans: 93 6586119. El Vendrell: 977665407, 977660190, 977660211 

web notariado: http://www.notariado.org/ Notarías Sant Pere de Ribes: 93 8960625 (Ruiz Mingo) ; 938961881 (Félix Mestre Portabella) Notaria Sant Sadurni d´Anoia: 93 8914068 (Eusebio Ruiz Ilundain) Notaria Santa Margarida i els Monjos: 93 8186414 (Susana Martínez Serrano) Notaria Vilafranca del Penedes: 93 8170125 (Fernandez Medina); 93 8173094 (Iborra Fort); 93 8170125 (Francisco J. Ferreres Ortí) ; 93 8171998 (Manuel Marino Vila) Notaria Vilanova i la Geltrú: 93 8936811 (Hernandez Compta); 93 8142588 (Emilio González Bou); 93 8115117 (Andrés Hibernon Ferrando); 93 8115117 (Carlos José Sanz Izquierdo).Notarías Sitges: 938943762 (Carlos José Sanz , Marcos Sánchez Ferreiro) ; 938943950 (Mª Pilar Cabanas Trejo) Notarías Castelldefels: 93 6364656 (Fernando Manuel de Peralta Ortega); 93 6364656 (Jose Víctor Lanzarote); 93 6361515 (Mª Teresa Albnell Millet) Notarías El Vendrell: 977154656 (J.M. Pagés Valla); 977662708 (F. Ofrecio Mulet); 977694511 (J.S. Torres Roger) . Notaría Cubelles: 938950923 (Tomás Viña Almunia).


Cambra de la propietat urbana de Barcelona: 902 555014

Arquitecto Técnico Sitges, Sant Pere de Ribes, Cubelles, Vilanova, Vilafranca, Sant Sadurni d´Anoia. Telf. 669003377,Arquitecto Sitges, Sant Pere de Ribes, Cubelles, Vilanova, Vilafranca, Sant Sadurni d´Anoia, Castelldefels, Gavà Telf. 669003377,Aparejador Sitges, Sant Pere de Ribes, Cubelles, Vilanova, Vilafranca, Sant Sadurni d´Anoia, Castelldefels, Gavà Telf. 669003377, Arquitecto Técnico Vendrell, Cunit, Calafell, Segur de Calafell, Roda de Barà. Telf. 669003377